AUXILIAR
TÉCNICO EDUCATIVO (CUIDADOR)
GOBIERNO DEL
PRINCIPADO DE ASTURIAS. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Y CIENCIA
Área
de Atención a la
Diversidad del Servicio de Innovación y Participación Educativa.
ASUNTO:
Perfil del puesto de trabajo del AUXILIAR
TÉCNICO
EDUCATIVO en los Centros Educativos de la Consejería de Educación y
Cultura.
El Auxiliar Técnico Educativo (ATE) , es el trabajador no
docente
dependiente de la Viceconsejería de Educación, que complementa
(auxilia) aportando técnicas específicas (técnico) en el campo del
desarrollo personal y curricular del alumno (educativo).
Sus funciones se centrarán en la atención a las necesidades
educativas especiales de alumnos determinados a los que se les ha
dictaminado oficialmente como alumnos de n.e.e.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE
LOS A.T.E.
(Auxiliares Técnicos Educativos)
Sus funciones, por su
carácter de
trabajador técnico, tendrán carácter educativo y asistencial,
participando y desarrollando las siguientes funciones:
- Colaborar en el diseño y ejecución de programas
de autonomía
personal con los profesionales correspondientes programas de hábitos
básicos, alimentación, vestido y control de esfínteres.
- Colaborar en los traslados de los alumnos que lo precisen,
en los
cambios de actividad, entradas y salidas al centro, con el objetivo de
fomentar el desplazamiento autónomo del alumno.
- Colaborar
de manera activa en la atención, vigilancia y cuidado de estos alumnos
en los períodos de recreo y descanso, procurando una. adecuada relación
con el resto.
- En función
del carácter educativo
del comedor escolar, desarrollar las técnicas necesarias para la
adquisición de hábitos y destrezas alimentarias facilitando los
mecanismos necesarios.
- Colaborar
en las salidas,
excursiones o fiestas, programadas en la PGA que afecten a los alumnos
con n.e.e.
- Acompañamiento
en la ruta escolar, de
aquellos alumnos de n.e.e., que por sus características de no autonomía
precisen la presencia de un ATE. Esta medida será de aplicación en
aquellos centros donde se desarrolla ahora el transporte hasta el
desarrollo definitivo de la ley del transporte.
- Colaborar
en el desarrollo de los programas de autonomía social, vinculados a
hábitos de conducta y comunicativos del alumno con n.e.e. en períodos
de recreo, comedor.
- Participación
en las
reuniones donde se aborden temas relacionados con los alumnos con
n.e.e. que atiende, informando del seguimiento y aplicación de la labor
desarrollada.
- Afianzamiento
y desarrollo de las
capacidades de los alumnos con n.e.e. en los aspectos físicos,
afectivos, cognitivos y comunicativos, promoviendo el mayor grado
posible de autonomía personal y de integración social
Oviedo, 3 de mayo de 2001
Asesor Técnico
Docente (Firmado:
Ángela Fernández Rodríguez)
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